lunes, 11 de noviembre de 2013

ENCUENTRE LAS DIFERENCIAS

ENCUENTRE LAS DIFERENCIAS

Una multa de entre 3.000 y 60.000 €, eso es lo que le espera a un joven eibarrés por ondear la bandera que reclama la “repatriación” de los presos vascos en el partido que enfrentó el pasado verano a Oviedo y Eibar. El muchacho ha recurrido a la multa impuesta, una decisión que las autoridades competentes resolverán en un plazo de hasta seis meses.



Una ‘investigación’ y nada más, esa es la mayor penalización que ha recibido el Frente Atlético por desplegar partido tras partido banderas españolas con el águila imperial que identifica el país con el franquismo y por, de vez en cuando, sacar a pasear pancartas nazis o neonazis, como quieran llamarlo, que, para el que no lo sepa, es delito según la Constitución Española (CE). El Partido Popular rechazó además recientemente endurecer el castigo contra la apología del franquismo.




La CE también recoge también la apología del terrorismo o incitar a la alteración del orden público como delito, motivo por el que supongo amonestaron el joven de Eibar. En un caso teórico probablemente se diría que estamos ante un caso contradictorio. ¿Por qué se le condena a uno y ni siquiera se considera la pena en el otro caso? Pero en la práctica, como suele suceder, la cosa cambia, aunque la pregunta sigue siendo la misma. Como se suele decir, las comparaciones son odiosas y sobre todo, donde hay confianza da asco.

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